martes, 23 de septiembre de 2008

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Les transcribo el trabajo enviado por sus compañeros. Tuve que recortar algunos datos porque el mismo era muy extenso.

Les recuerdo que todos los trabajos presentados son trabajos inacabados aún y en los que se tendrán que tomar en cuenta los comentarios hechos en clase y a cada equipo en lo particular.

INTRODUCCIÓN

Nosotros entendemos el concepto de “VIDA PRIVADA” como una idea muy extensa y genérica, que va a cubrir todo aquello que no deseamos llegue a ser parte del conocimiento general de una sociedad en particular. Ahora bien, dentro de la esfera de la vida privada, va a existir un núcleo que por lo general deseamos proteger con empeño mucho mayor, por considerarlo inseparable de la esencia misma de nuestra propia persona, y a éste lo entendemos como el concepto de intimidad.
Si bien la delimitación conceptual no es difícil, sin embargo, su deslinde en la práctica sí lo es.
Pertenece a la esfera de mi vida privada, mi estado civil, mis hijas, mis padres, pero va a pertenecer a la esfera de mi vida intima, la forma de cómo yo la llevo a cabo, la forma de cómo la construyo y de cómo estructuro mi vida conyugal o mi vida en soltería, la avenencia o desavenencia con mis padres, etcétera.
Ciertos límites a mi intimidad y a mi vida privada me van a ser dictados por algunos ordenamientos jurídicos, o por algunas normas de convivencia social, pero en última instancia seré yo y mi propia libertad quien deslinda lo íntimo de lo privado, lo radicalmente vedado, de lo genéricamente reservado.

En el correr de los años, se ha creado un enorme fenómeno que consiste principalmente en la necesidad obtener más y más información sobre las personas, y se ha convertido en un problema paulatinamente con aumento desmedido. Si a esta desmedida necesidad se le suma el importante papel que las bases de datos desempeñan en el mundo tecnificado y globalizado de hoy, surge también el cuestionamiento de derecho de las personas sobre la intromisión de un tercero en sus datos.
El régimen de protección de los datos personales permite que los ciudadanos ejerzan su legítimo poder de disposición y control sobre los datos de carácter personal referidos a su persona que se encuentran registrados en bases de datos de titularidad de terceros.
A tal fin, la legislación vigente que se presenta continuación (Argentina y estados de la República Mexicana) faculta a los ciudadanos a decidir cuáles de esos datos quieren proporcionar a terceros, ya sea para el Estado o para un particular, o qué datos pueden esos terceros recabar, permitiendo asimismo que sepan quién posee sus datos personales y para qué, pudiendo inclusive oponerse a esa posesión o uso.
Estos poderes de disposición y control sobre los datos personales, se concretan en la voluntad que posee un ciudadano de consentir la obtención y el acceso a los datos personales, su posterior almacenamiento y tratamiento, así como su uso o usos posibles, por un tercero, sea el Estado o un particular. Y ese derecho a consentir el conocimiento y tratamiento de los datos personales, requiere como complementos indispensables, por un lado, la facultad de saber en todo momento quién dispone de esos datos personales y a qué uso los está sometiendo, y, por otro lado, el poder oponerse a esa posesión y usos.
Consultar artículo 6 Constitucional.
ANTECEDENTES EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
El Artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expresa:
“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal de procedimiento.”
De acuerdo a esto, podemos concluir de manera inicial que la protección de los datos personales está contemplada en la Constitución, y de acuerdo a éstas palabras, es un derecho que establece un límite a las autoridades, las cuáles deberán realizar sus actividades de acuerdo a las garantías y la seguridad de los ciudadanos que protegen.
Lo que se protege con la ley de Protección de Datos Personales, no son los datos en sí, sino que son más bien los valores, en éste caso Jurídicos, los cuáles son:
i. Honor: Es el derecho que tiene toda persona a su buena imagen y reputación púlica.
ii. Intimidad: Es el respeto hacia el conjunto de sentimientos, pensamientos, o la idiosincrasia de una persona.
iii. Privacidad: Es el ámbito de la vida familiar y personal, lo que se define como domicilio, aficiones y preferencias.
En el caso particular del Estado de Querétaro, no existe una ley que regule la protección de estos datos y valores, y contrastando ésta idea, solamente se encuentran referencias dispersas, las cuáles serán mencionadas a continuación.
A. En la ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro sólo se prevé lo necesario para garantizar al gobernado o particular, partiendo del principio de que toda la información que se genere en un órgano administrativo es meramente pública y que los funcionarios públicos que trabajan en él, no son sino depositarios de la misma, es decir: generadores de información de conocimiento general y abierto.
B. Por otro lado, y a fin de no afectar los derechos de los funcionarios públicos que son definidos cómo depositarios de la información, se han previsto excepciones de la premisa general, basados en el principio general de derecho que dice: “Le excepción rompe la regla”, con esta excepción nos referimos a que los gobernados no podrán requerir información privada y/o confidencial, atendiendo principalmente a los valores jurídicos antes mencionados. Esto no significa que el funcionario queda exento de recabar y publicar la información que está dispuesto a publicar.
C. Esta Ley no establece manera formal y precisa las sanciones que recibirá un funcionario público si no cumple con aquello a lo que ha sido obligado, en éste caso se habla de recabar y publicar información que no posee el carácter de reservada. Pero en contraste a ésta idea principal, el funcionario tampoco podrá modificar o borrar aquellos datos personales confidenciales.
D. El Artículo 3 Fracción II define a los datos personales cómo: “La información concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otras: la relativa a su origen étnico o racial; la que esté referida a las características físicas, morales o emocionales; a su vida afectiva o familiar: domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología e ideas políticas, religiosas y filosóficas; loe estados de salud físicos y mentales y también se incluyen sus preferencias sexuales, sociales y morales”.
E. Así como este ordenamiento jurídico establece los datos que personales que tienen carácter de confidencial, de la misma forma se permite establecer aquellos que por obligación deben ser archivados y publicados cuando se le requiera.
ARTÍCULO 7 FRACCIÓN XVI: Los servidores públicos estarán obligados a recabar: La información de los órganos jurisdiccionales, administrativos o del trabajo que tengan por objeto resolver controversias o aplicar el derecho, se archivarán electrónicamente y se constituirán por los siguientes elementos:
a) Lista de todas las partes incluyendo magistrados, presidentes, jueces, abogados y ministerios públicos.
b) Todo tipo de Juicio o procedimiento, la acción, la naturaleza delos hechos discutidos y los montos de la demanda.
c) Un extracto de las soluciones y determinaciones más trascendentales, cómo el ejercicio de la acción penal, las sentencias interlocutorias y resoluciones de apelación y amparo.
F. En el Artículo 13 Párrafo Penúltimo se expresa: “Todo servidor público o funcionario de una entidad de interés será responsable, y en consecuencia, sancionado conforme la legislación aplicable si se divulga información que tenga bajo su custodia el carácter de reservada.
G. Respecto al punto anterior sobre información, reservada, el esta misma Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro, se menciona cuales son los datos que poseen ese carácter de confidencial:
“Toda aquella información de carácter personal contenida en los padrones electorales o registros estatales de contribuyentes. Toda aquella contenida en la Defensoría de materia penal y en Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Y toda aquella información que cualquier juez considere de carácter oculto, tales cómo el nombre de las victimas en materia de violación y explotación de menores”.
H. Finalmente, en el código civil del Estado de Querétaro, en su título cuarto sobre los derechos de la personalidad se argumenta lo siguiente:
Artículo 43: Los derechos de la personalidad son inalienables, imprescriptibles, irrenunciables y pueden oponerse a las autoridades y a los particulares.
Artículo 44: Con relación a las personas físicas son ilícitos los hechos o actos que:
I. Dañen o puedan dañar su vida;
II. Lesionen o puedan lesionar su integridad física;
III. Restrinjan o puedan restringir su libertad;
IV. Lastimen su afecto, creencias o consideración de si misma;
V. Menoscaben su honor, reputación, prestigio o estima que de ella tengan los demás; y
VI. Afecten la vida privada, su intimidad o sus secretos.
Artículo 47: Salvo que lo dispongan las leyes sobre imprenta, la exhibición o reproducción de la imagen de una persona, sin consentimiento de esta y sin un fin lícito, es violatoria de los derechos de la personalidad.

martes, 9 de septiembre de 2008

MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO

Transcribo a continuación el trabajo presentado por sus compañeros. Les pido por favor hagan los comentarios pertinentes a fin de llevar a buen termino el trabajo.

La homosexualidad es una orientación sexual y se define como el comportamiento, la interacción sexual o atracción erótica hacia individuos del mismo sexo. Etimológicamente, la palabra homosexual es un híbrido del griego homo (que en realidad significa igual y que a veces se confunde con el significado latino, hombre) y del latín, lo que sugiere una relación sexual y sentimental entre personas del mismo sexo, incluido el lesbianismo. El término gay suele emplearse para referirse a los hombres homosexuales, y el término lesbiana para referirse a las mujeres. Desde 1973 la comunidad científica internacional considera que la homosexualidad no es una enfermedad. Sin embargo, la situación legal y social de la gente que se autodenomina homosexual varía mucho de un país a otro y frecuentemente es objeto de polémicas.

El término homosexual fue empleado por primera vez en 1869 por Karl-Maria Kertbeny, y el libro Psychopathia Sexualis de Richard Freiherr von Krafft-Ebing popularizó el concepto en 1886. Desde entonces, la homosexualidad se ha convertido en objeto de intenso estudio y debate: inicialmente se catalogó como una enfermedad, trastorno o patología que había que curar, pero actualmente se entiende como parte integral necesaria para comprender la biología, psicología, política, genética, historia y variaciones culturales de las identidades y prácticas sexuales de los seres humanos.

Terminología

Céfiro y Jacinto en un cáliz de cerámica hallado en Tarquinia y fechado en 490-480 dC. Museo de Arte de Boston, Estados Unidos. El sustantivo gay se refiere a personas homosexuales de ambos sexos, aunque generalmente se usa hablando de uno o varios hombres homosexuales. Muchos de los conceptos relativos a la orientación sexual (heterosexualidad, homosexualidad, bisexualidad, transexualidad, etc.) se confunden a veces entre sí, sobre todo por falta de información y por exceso de prejuicios.

La homosexualidad femenina se llama también lesbianismo o lesbianidad (calidad de lesbiana). Los adjetivos correspondientes son lésbico(s) y lésbica(s). Este término proviene de la isla de Lesbos en Grecia y de la poetisa Safo, a quien sus poemas apasionados (dedicados a sus amigas) y la vida rodeada de otras mujeres le valió la reputación de homosexual.

La terminación "ismo" se ve a veces como peyorativa, tal como sucede con la palabra "homosexualismo". El sufijo - ismo tiene múltiples definiciones, que van desde "partidario de..." hasta “enfermedad de”, como en el caso de gigantismo. Por ello, podía entenderse que su uso promovía la idea de que la organización comunitaria de los homosexuales tendía a la promoción de sus conductas, o incluso de que podía tratarse de una deficiencia mental. Al irse apartando la sociedad de la creencia de que la homosexualidad es una enfermedad, se fue imponiendo el término homosexualidad, ya que la terminación -idad sólo implica “calidad de...”. Actualmente, el diccionario de la Real Academia Española sólo recoge esta última.

Varios estudios han demostrado que la homosexualidad ha existido desde el principio de la humanidad, en todas las razas, en ambos sexos, en cualquier nivel social. La homosexualidad se ha confirmado en muchas especies animales, incluidos los primates superiores.

Aunque hoy se emplea de forma generalizada, es oportuno reseñar que la existencia de la categoría homosexual en sí misma, aplicada a personas, es objeto de contestación desde diferentes puntos ideológicos. Las corrientes integristas niegan la existencia de personas homosexuales, pero admiten la de prácticas homosexuales; otras niegan que la orientación sexual de una persona la defina en modo alguno.

La palabra homosexualidad fue creada en 1869 por Karl Maria Kertbeny en un panfleto anónimo que apoyaba la revocación de las leyes contra la "sodomía" en Prusia. Fue incluida en Psychopathia Sexualis (1886), un estudio de Richard von Krafft-Ebing acerca de lo que en esa época se consideraba una desviación sexual.

Estudio académico de la homosexualidad

No se conocen las causas de la orientación sexual de una persona. Aunque algunas teorías apuntan a que es innata, no se conoce con exactitud el papel que juegan la herencia genética (investigada por Simon Le Vay y Dean Hamer, entre otros) o las experiencias durante el desarrollo en la infancia, la influencia y relación con los padres, etc [cita requerida].

La psiquiatría incluyó inicialmente la homosexualidad entre los trastornos que podían y debían ser tratados. Richard von Krafft-Ebing, uno de los padres de la psiquiatría moderna y a quien el propio Sigmund Freud reconocía como su autoridad, la consideró incluso una enfermedad degenerativa en su Psychopatia Sexualis de 1886. Los trabajos científicos de Freud, tras la llegada del psicoanálisis dieron como resultado una postura que consideraba patológicas no sólo las prácticas sino incluso la mera condición homosexual. Por ejemplo, en sus Tres ensayos sobre la teoría de la sexualidad, Freud incluyó la homosexualidad entre las "perversiones" o "aberraciones sexuales", en sus propios términos, equiparados al fetichismo del cabello o de los pies o las prácticas sádicas o masoquistas. A juicio de Freud, la homosexualidad era una manifestación de falta de desarrollo sexual y psicológico que se traducía en fijar a la persona en un comportamiento previo a la "madurez heterosexual". Sin embargo, Freud llegaría a reconsiderar su posición con el tiempo, hasta el punto de que en su conocida Carta a una madre americana, Freud no dudó en afirmar que la homosexualidad "no es un vicio, ni un signo de degeneración, y no puede clasificarse como una enfermedad".[9] Señaló que perseguir la homosexualidad era una "gran injusticia y una crueldad", y que el análisis a lo sumo serviría para devolver la armonía a una persona si se sentía infeliz o neurótica, independientemente de si era homosexual o no.

Psicoanalistas como Alfred Adler y Carl Gustav Jung, en discordancia con Freud, se pronunciaron de manera más estricta. Los posteriores psicoanalistas no sólo no modificaron estos juicios, sino que los acentuaron a la vez que aplicaban la terapia reparativa. Por ejemplo, en los años cuarenta del siglo XX, Sandor Rado afirmó que la homosexualidad era un trastorno fóbico hacia las personas del sexo opuesto, por lo que se consideró susceptible de ser tratada como otras fobias. Ya en los años sesenta Irving Bieber y otros psiquiatras, partiendo del análisis derivado de la experiencia de trabajar con un considerable número de homosexuales, afirmaron que la homosexualidad era un trastorno psicológico derivado de relaciones familiares patológicas durante el período edípico. En esa misma década, Charles Socarides defendía, por el contrario, la tesis de que la homosexualidad se originaba en una época pre-edípica y que, por lo tanto, resultaba mucho más patológica de lo que se había pensado hasta entonces. Socarides es considerado una figura cuestionable dentro del movimiento gay. La posterior relativización y negación de esos juicios médicos procedió de científicos como el doctor Alfred C. Kinsey, cuyas tesis fueron severamente criticadas por la ciencia psiquiátrica de aquel entonces.

Así, con posterioridad, los estudios científicos realizados por Alfred C. Kinsey,[10] concluyeron que, analizados tanto el comportamiento como la identidad, la mayor parte de la población parece tener por lo menos alguna tendencia bisexual (atracción hacia personas tanto de uno como de otro sexo), aunque ordinariamente se prefiere un sexo u otro. Kinsey y sus estudiantes consideraron que sólo una minoría (del 5 al 10 por ciento) es completamente heterosexual o completamente homosexual. De la misma manera, sólo una minoría aún más pequeña puede considerarse completamente bisexual. Estudios ulteriores han querido demostrar que el informe de Kinsey había exagerado la prevalencia de la bisexualidad en la población; pero todavía su idea goza de una gran aceptación.

Matrimonio entre personas del mismo sexo

El matrimonio entre personas del mismo sexo (también llamado matrimonio homosexual o matrimonio gay) es el reconocimiento social, cultural y jurídico que regula la relación y convivencia de dos personas del mismo sexo, con iguales requisitos y efectos que los existentes para los matrimonios entre personas de distinto sexo.

El matrimonio entre personas del mismo sexo —en los países en que se ha aprobado hasta ahora— se ha establecido legalmente mediante la extensión de la institución ya existente del matrimonio a aquellos formados por personas del mismo sexo. Se mantienen la naturaleza, los requisitos y los efectos que el ordenamiento jurídico venía reconociendo previamente a los matrimonios.

Se tiene constancia y documentación de las prácticas homosexuales desde los mismos albores de la humanidad, prácticamente en todas las épocas y las civilizaciones, con diferentes grados de reconocimiento social. La extensión jurídica del matrimonio forma parte de una tendencia general de reconocimiento de la homosexualidad en las sociedades occidentales posmodernas.

Junto a la institución del matrimonio, y como alternativa o, en ocasiones, superponiéndose a la regulación del matrimonio entre personas del mismo sexo, existen instituciones civiles adicionales, muy diferentes entre cada país y comunidad, con denominaciones distintas como "parejas de hecho", "uniones civiles" o "concubinatos" (entre otras denominaciones), cada cual de una naturaleza, requisitos y efectos ad hoc, según la realidad social, histórica, sociológica, jurídica y aun política de cada sociedad. Estas instituciones son consideradas por los movimientos LGTB como instituciones apartheid y en muchos casos son criticadas por fomentar la discriminación

Historia

Uniones homosexuales se han documentado en algunas sociedades a lo largo de la historia.

Europa clásica

Aunque no existen antecedentes históricos específicos de matrimonios entre personas del mismo sexo en occidente, existieron diversas formas de reconocimiento social y legal a uniones voluntarias entre personas del mismo sexo. Algunas de las antiguas sociedades griegas y romanas toleraban, e incluso celebraban las relaciones entre personas del mismo sexo, pero no se puede probar que esas uniones fueran reconocidas socialmente como matrimonios. Posteriormente, no se conocen rastros del concepto matrimonial entre personas del mismo sexo en el siglo XIX y principios del siglo XX equiparables al matrimonio heterosexual de universal vigencia de estas épocas.

A partir del siglo XX, y especialmente tras la revolución sexual, la tradicional definición de matrimonio empezó a ser cambiada por algunos grupos sociales (que propiciaban la libertad sexual) como la suscripción a un contracto jurídico representante de la relación y convivencia de pareja, basada en el afecto y un proyecto de vida en común, cuando la pareja desea comunicar formalmente su realidad ante el resto de los miembros de su comunidad, adquiriendo los derechos y deberes pertinentes a la formulación jurídica vigente. Bajo esa reconceptualización del matrimonio, la idea de la unión homosexual estable encaja en la definición liberal.

Las uniones homosexuales son muy antiguas, pero los intentos de introducirlas en el concepto universal de matrimonio surgen a fines del siglo XX.

Homosexualidad en México

El estudio de la homosexualidad en México se puede dividir en tres épocas separadas, coincidiendo con las tres grandes épocas históricas de México: época precolombina, virreinato e independencia, a pesar de que el rechazo hacia la homosexualidad forma un hilo conductor que atraviesa las tres épocas.

Los datos sobre los pueblos precolombinos y de la primera época de la colonización son escasos y confusos. Los cronistas describían a menudo las costumbres indias que les sorprendían o que desaprobaban, pero tendían a tomar una postura acusadora o de disculpa, lo que convierte en imposible distinguir entre realidad y propaganda. En general, parece que los mexicas eran tan homófobos como los españoles y que otros pueblos indígenas tendían a ser mucho más tolerantes,hasta el punto de honrar a los berdaches, los «dos espíritus», como chamanes.

La historia de la homosexualidad en la época colonial y posterior a la independencia todavía está en gran parte por ser estudiada. Dominan el panorama sobre todo las ejecuciones de sodomitas de 1658 y el «baile de los 41» de 1901, dos grandes escándalos en la vida pública mexicana.

La situación está cambiando en el siglo XXI, en parte gracias al descubrimiento del colectivo LGBT como potenciales consumidores, el llamado peso rosa, y turistas. Se han creado leyes para combatir la discriminación (2003) y dos entidades federativas, el Distrito Federal y Coahuila, han legalizado las uniones civiles para homosexuales (2007). Sin embargo, México seguía siendo en 2007 uno de los países en los que más delitos se cometen contra la comunidad LGBT, siendo asesinada una persona en un crimen homofóbico cada dos días.

México precolombino La mayoría de las noticias sobre los pueblos precolombinos proviene de las crónicas de la conquista de los españoles. Estos relatos deben tomarse con precaución, puesto que la acusación de sodomía era empleada para justificar la conquista, al igual que otras acusaciones reales o inventadas, como los sacrificios humanos, el canibalismo o la idolatría. Puesto que tanto los defensores de los indígenas como los que se les oponían manipulaban la información a su parecer, unos tratando de minimizar la incidencia de la sodomía y otros exagerando las historias, resulta imposible hacerse una imagen adecuada de la homosexualidad en el México precolombino. A esa conclusión llegó el historiador Antonio de Herrera, tan temprano como en 1601.

Entre los pueblos indígenas americanos estaba generalizada la institución del berdache. Los berdaches, inicialmente considerados hermafroditas por los conquistadores españoles, eran hombres que tomaban funciones y comportamientos femeninos. También llamados dos espíritus, no eran considerados ni hombres, ni mujeres por sus sociedades, sino que eran considerados como un tercer sexo y a menudo tenían funciones espirituales. Los conquistadores los consideraban a menudo como la parte pasiva de los homosexuales y fueron tratados con desprecio y crueldad.

Los mayas

Pintura homoerótica maya en las paredes de las grutas de Naj Tunich (El Petén, Guatemala).Los mayas eran relativamente tolerantes con la homosexualidad. Se sabe de fiestas sexuales entre los mayas que incluían el sexo homosexual, lo que no impide que la sodomía estuvieses condenada a muerte en horno ardiente.

La sociedad maya consideraba la homosexualidad preferible al sexo prematrimonial, por lo que los nobles conseguían esclavos sexuales para sus hijos.

Los mexicas Los mexicas o aztecas eran extremadamente intolerantes con la homosexualidad, a pesar de que algunos de sus rituales públicos tenían tintes homoeróticos. Así, por ejemplo, adoraban a la diosa Xochiquétzal, que bajo su aspecto masculino, con el nombre de Xochipilli, protegía la prostitución masculina y la homosexualidad. La historia mítica del pueblo azteca se dividía en cuatro «mundos», de los cuales el anterior había sido «una vida fácil, débil, de sodomía, perversión, del baile de las flores y de adoración a Xochiquétzal», en la que se habían olvidado las «virtudes masculinas de la guerra, la administración y la sabiduría». Es posible que esta historia hiciera referencia a los toltecas. El autor Richard Texler, en su libro Sex and the Conquest, afirma que los aztecas convertían a algunos de los enemigos conquistados en berdaches, siguiendo la metáfora de que la penetración es una muestra de poder.

La ley mexica castigaba la sodomía con la horca, el empalamiento para el homosexual activo, la extracción de las entrañas por el orificio anal para el homosexual pasivo y la muerte por garrote para las lesbianas.

Algunos autores afirman que estas estrictas leyes no eran empleadas en la práctica y que los homosexuales eran relativamente libres. Por ejemplo, citan crónicas españolas que hablan de sodomía generalizada que incluía a niños de hasta 6 años o de niños que se vestían como mujeres para ejercer la prostitución. Las crónicas también hablan de actos religiosos en los que se practicaba la sodomía.

La existencia del lesbianismo está atestiguada por la palabra náhuatl patlacheh, que denomina a mujeres que realizan actividades masculinas, incluyendo la penetración de otras mujeres, como revela la Historia general de las cosas de la Nueva España de Bernardino de Sahagún.

Otros pueblos indígenas [editar]A pesar del puritanismo de los mexicas, las costumbres sexuales de los pueblos sometidos en el Imperio azteca variaban en gran medida. Por ejemplo Bernal Díaz del Castillo habla de homosexualidad entre las clases dirigentes, prostitución de jóvenes y travestismo en la zona de Veracruz. Los yauyos tenían prostíbulos llenos de hombres con las caras pintadas y vestidos de mujeres.

Los toltecas, por otra parte, eran extremadamente tolerantes con la homosexualidad.

Encuesta
1) ¿Qué edad tienes?
18 – 25 b) 26 – 33 c) 34 o mas
2) ¿Es usted casado?
Si b) No
3) ¿Practica alguna religión?
Si b) No
4) ¿Cree que el matrimonio homosexual afectaría su religión?
a) Si b) No
5) ¿Esta de acuerdo en que los homosexuales puedan estar en unión libre?
a) Si b) No
6) ¿Esta de acuerdo en que se legalice el matrimonio homosexual?
Si b) No
7) ¿cree que le matrimonio homosexual pueda tener los mismos derechos que un matrimonio heterosexual?
Si b) No
8) ¿Esta de acuerdo en que los homosexuales puedan adoptar ?
Si b) No
9) ¿Cree que les afectaría a los niños si son adoptados por parejas homosexuales?
a) Si b) No

jueves, 4 de septiembre de 2008

PROTECCIÓN A LOS ANIMALES EN QUERÉTARO

Transcribo el trabajo presentado por sus compañeros. También se incluyen algunas frases que no se pudieron ver ayer en la presentación de power point. Les pido por favor que hagan las observaciones que consideren pertinentes tal como lo estuvimos haciendo en clase.



TEMA (IDEA): PROTECCION ANIAMAL, REFERENTE AL ESTADO DE QUERETARO.


Planteamiento del problema: Tipo y acciones de protección de cuidado a los animales en el estado de Querétaro.


Objetivos de la investigación: Tratar, definir, aclarar puntos de vista referentes al trato y cuidado animal en el estado de Querétaro haciendo referencia mas en la capital que en sus alrededores, como serian los animales domésticos como los que marca la ley de protección animal del estado de Querétaro en los diversos ámbitos que conforma los siguientes: Animales domésticos o de compañía, Animales nocivos o peligrosos, Ejemplares o poblaciones ferales, Especies o poblaciones amenazadas o en peligro de extinción, Especies o poblaciones prioritarias para la conservación, Especies o poblaciones raras.


Pregunta de investigación: ¿Las normas expresadas en la ley de protección animal del estado de Querétaro, hacen referencia a la manera del trato adecuado de las personas para con los animales o simplemente define lo que son animales?


Justificación de la investigación: Por medio de este trabajo de investigación se pretende analizar de una manera parcial y general las acciones referentes del gobierno en materia de protección animal, las acciones de los ciudadanos para con la protección animal y los usos indebidos que demuestran algún tipo de maltrato para con los animales.


¿En que manera es importante el planteamiento?


*Es importante en la manera de hacer conciencia en el trato digno que se merecen los animales como cosas o como animales (seres vivos de sensaciones), tener una concepción general de este tema en si.


¿Vale la pena estudiarlo?
*La primera justificación de esta pregunta es de carácter académico y segundo es para tener una percepción de este tema en general y con ello conocer el verdadero valor de los animales.


¿Cuales son las razones para estudiarlo?
*Académica y jurídica estatal.


¿Puede aportar algo con el campo con que se relaciona como la Sociología?
*Cave recordar que la sociedad esta compuesta por personas, pero retomando la teoría organista de Spencer que el cual define o compara la sociedad como un organismo y nosotros a so vez organismos pertenecientes a la misma. Retoman con lo anterior que en nuestro entorno diario necesitamos y convivimos con animales en el campo, en casa y con la comida y accesorios.


¿A quien beneficia?
*primeramente a nosotros como alumnos y a quienes después se enteren de esta investigación realizada.


Viabilidad de la investigación: Los medios y recursos para la viabilidad de esta investigación pueden resultar un cuanto difíciles, pero con la especificación de la investigación que vamos a ejecutar en fuentes como documentos, artículos, entrevista (ya prevista con anticipación) encuestas y algunas otras fuentes de integración de información diversa pero con respecto al tema. Tenemos a disposición tiempo, personas, material informativo y algunos documentales o muestras visuales del tema.


Marco teórico (antecedentes):
Fuentes primarias:
*LEY ESTATAL DE PROTECCIÓN ANIMAL PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO.
*LEY ESTATAL DE PROTECCIÓN ANIMAL DEL DF.
*LEY FEDERAL DE SANIDAD AIMANAL.


Fuentes secundarias:
HUMANIZACIÓN Y DESHUMANIZACIÓN
DE LOS ANIMALES
DR. MIGUEL A. CAPÓ MARTÍ. 1
DRA. MARÍA TERESA FREJO MOYA. 2
1 Doctor en Veterinaria. Profesor Titular. Universidad
Complutense de Madrid. Miembro de la Asociación
Española de Bioética y Ética Médica. Miembro de la
Sociedad Española para las Ciencias del Animal de
Laboratorio (SECAL).
2 Doctora en Veterinaria. Profesora Titular.
Universidad Complutense de Madrid. Miembro de la
Asociación Española de Toxicología.


Fuentes terciarias:
http://rotativo.com.mx/articulo,7157,html, Por Andrea Arreguín domingo 22 de junio de 2008, actualizado Junio 22, 2008, 3:18 p.m.


http://www.elbalero.gob.mx/explora/html/queretaro/flora.html, Fuente: SEP, Querétaro. Historia y Geografía. Tercer grado, México, 1997.


http://www.albaonline.org/noticia.php?id=49


http://www.ciateq.net.mx/apanimalesqro/


Alcance de la investigación (explicativa): Definimos el alcance de la investigación como explicativa por ser parte de la misma los fenómenos sociales concatenados en este tema como son tal vez, sobre población animal, falta de cultura social, falta de interés gubernamental en esta áreas.


Hipótesis: Es acaso que la falta de interés gubernamental en materia de protección animal cause desconcierto e la definición de lo que en verdad son los animales o la condición que se les da jurídicamente y con ello traigo consigo el mal trato animal o las individuas acciones para con ellos.


Variables cualitativas:


Cultura y equidad.
Respeto a la vida.
Respeto a la dignidad.
Deshumaniza


“No puede haber justificación moral para considerar que el dolor que sienten los animales es enos importante que el sienten los seres humanos con la misma intensidad”
“Según estudios realizados en Estados Unidos, hay una correlación de un 90% entre maltrato a los animales en la infancia y delitos contra la sociedad en la edad adulta”
“Existen una serie de negligencias no intencionadas que se producen cuando caemos en la
tentación de humanizar a los animales”
“Muchas veces el maltrato hacia los animales es el primer peldaño que sube una persona
violenta”
"CUANDO EL ÚLTIMO ÁRBOL ESTÉ MUERTO, EL ÚLTIMO PEZ ATRAPADO, EL ÚLTIMO RÍO ENVENENADO TE DARAS CUENTA QUE NO PUEDES COMER DINERO" "NO ME IMPORTA SI UN ANIMAL ES CAPAZ DE RAZONAR. SOLO SE QUE ES CAPAZ DE SENTIR Y POR ESO LO CONSIDERO MI PROJIMO"
"LA PROTECCION DE LOS ANIMALES FORMA PARTE ESENCIAL DE LA MORAL Y CULTURA DE LOS PUEBLOS CIVILIZADOS" Benito Juárez "Y LA CARNE DE LAS BESTIAS ASESINADAS SE CONVERTIRÁ EN LA PROPIA TUMBA DENTRO DEL CUERPO DE QUIEN LA CONSUMA" (Jesús)
"HASTA QUE NO DEJEMOS DE DAÑAR A OTROS SERES VIVIENTES, AÚN SOMOS SALVAJES" Thomas A. Edison
Video 1
Video 2


ENTREVISTA ABIERTA:
¿Para ti un animal tiene dignidad?
Si:
No:
Porque:
No me interesa:


¿Crees que los animales merecen lugares dignos para su desarrollo?
Si:
No:
Porque:
No me interesa:


¿Los animales tienen sentimientos?
Si:
No:
Porque:
No me interesa:


¿Crees que el ser humano es un animal?
Si:
No:
Porque:
No me interesa:


¿Los seres humanos formamos parte de la cadena alimenticia desde un enfoque animal?
Si:
No:
Porque:
No me interesa:


¿Crees que la ley debe darle reconocimiento digno al animal?
Si:
No:
Porque:
No me interesa:


miércoles, 3 de septiembre de 2008

EL ORIGEN DE LA SOCIEDAD

Le transcribo el texto que estuvimos analizando en clase. Ustedes ¿por cuál tesis se inclinan? ¿porque?

ORIGEN DE LA SOCIEDAD

EL PROBLEMA DEL ORIGEN DE LA SOCIEDAD. Aquí se estudia porque existe la sociedad, no cuándo ha aparecido. Aquí se pretende explicar cuál es el vinculo que une a los hombres de un conglomerado, no desde cuando están unidos. Es decir, en este párrafo se inquiere no un problema histórico, sino uno filosófico: a que es debida la existencia de las sociedades.

Cuatro han sido hasta ahora las soluciones que se han dado a este problema. A la pregunta ¿por qué existe la sociedad?, cuatro han sido las respuestas. Dos de ellas han librado celebre polémica. Han llegado a inventar una verdadera estrategia y una táctica en esta guerra de ideas. Creo que en ningún aspecto han puesto los sociólogos mayor pasión y encarnizamiento.

Esta polémica no es debida a terquedad y pugnacidad de los sociólogos, ni a alguna falla o vicio de sus métodos o a su insuficiencia de documentación. Suele ocurrir en la ciencia, que los orígenes de todo y los últimos destinos son siempre ignorados. En Física, en Química, en Matemáticas, hay polémica.

TESIS CONTRACTUALISTA: ROUSSEAU.- Creen los contractualistas que las sociedades se formaron a virtud de un contrato celebrado por todos los miembros que la integran. Antes de la celebración del contrato de sociedad cada hombre vivía en un estado de naturaleza. El estado de naturaleza significa que cada quien era libre de hacer lo que le placiera. No había Estado que limitara los actos con leyes. Aquí se puede citar a Hobbes, Spinoza y, sobre todo a Rousseau, la más generalizada y la más deformada de las opiniones acerca de que el conglomerado se formó por un pacto de sociedad entre los hombres.

Esta doctrina estima que la vida social no es sino la manifestación de una voluntad de los individuos, el resultado de un acuerdo que se ha producido entre ellos. En su origen, los hombres vivieron aislados. Un día, reconocieron los inconvenientes de ese régimen que oponía los unos a los otros y les dejaba sin defensa contra las fuerzas físicas y las otras especies animales. Convinieron en asociarse. Es de tal contrato del que nació la sociedad y actualmente todavía, tal sociedad no tiene otras fuerzas y las leyes que la dirigen son entonces, jamás de orden biológico, sino de origen psicológico y voluntario. No es un producto de la naturaleza, sino precisamente una creación del arte humano. La sociedad no tiene sino una existencia moral y jurídica, si es que se puede hablar de una existencia verdadera. El contrato social aborda el problema de la justificación filosófica de la sociedad: repetimos que no trata de resolver sobre su origen histórico.

“El contrato social es la idea que señala como debe ser constituido el orden jurídico, para que los derechos que el hombre tiene por naturaleza sean conservados íntegros en la organización social.” La teoría de Rosseau, alcanza su más clara y racional exposición con Kant: el Estado debe ser constituido según las ideas de un pacto.

TESIS ORGANICISTA: SPENCER.- El hombre es un organismo. Es un ser sometido a leyes biológicas, la sociedad integrada por organismos humanos es, igualmente un organismo. No comparable o semejante a un organismo; sino realmente un organismo. Y como es un organismo existe y funciona como un organismo. Tanto los organismos comúnmente aceptados como tales y la sociedad, organismo verdadero, aunque en algunos lo discuten, tienen un vida que es un fenómeno biológico de crecimiento y que se manifiesta en una diferenciación de estructuras y e funciones. E ambos existe una interdependencia de las partes hacia el todo; ambos están compuestos de unidades que son células o individuos. Ambos tienen un sistema de nutrición. Un sistema circulatorio que son las vías comerciales y de comunicación. Ambos tienen un sistema óseo: esqueleto y ciudades caminos y puentes. Según los organicistas, las crisis económicas son enfermedades de la sociedad; las colonias son los vástagos de la sociedad; la sociedad que se reproduce.

La doctrina organicista,cuyo más célebre intérprete moderno fue Herbert Spencer, para hacer comprender la naturaleza de los seres sociales, se esfuerza en aproximarlos a lo seres a los cuales nadie les niega naturaleza independiente: los organismos vivientes, vegetales, animales, hombres. Sin asimilarlos a tal o cual especie de estos en particular, afirma que se puede encontrar en ellos todos los caracteres que presentan estos últimos en lo general. Muestra para ello, en su constitución y en su actividad, las fuerzas y las leyes de la vida tal como los biólogos las han deducido. Propone entonces comprenderlos en el grupo de la “naturaleza animada” creando simplemente un conjunto nuevo: el reino o imperio social.

Los contractualistas que creen que el hombre creó la sociedad, son partidarios de una tesis en que predomina la espontaneidad. Los organicistas, que creen que la sociedad ya estaba hecha, son partidarios de una tesis en que predomina la coacción.

TESIS NATURALISTA: ARISTÓTELES.- Para Aristóteles el hombre es un zoon politikón, un animal político. El hombre no es sólo naturalmente social, sino que también es esencialmente social. Lo humano sólo se da en sociedad. El hombre sólo puede escapara de la sociedad siendo o Dios o bestia. El lenguaje solo se da e sociedad; el Derecho sólo se da, igualmente, en comunidades humanas; la guerra es también una bárbara expresión social. El hombre se torna humano solo cuando vive en sociedad. Aislado, el hombre no llegaría a adquirir el lenguaje, ni la sonrisa, ni la religión, ni el sentido de la justicia, ni la posición erguida.

Hace unos cincuenta años se descubrió en la ciudad de Columbus, del Estado de Ohio, en los Estados Unidos de Norteamérica, el extraño y doloroso caso de una jovencita sordomuda, que tuvo relaciones incestuosas con su padre. Cuando nació el hijo fruto de este desvío, la esposa del padre seductor, avergonzada de lo ocurrrido, resolvió esconder a la sordomuda y a su engendro en el ático o desván de la casa, en donde la abuela indignada sólo les arrojaba los alimentos. Al cabo de los años el hijo de la sordomuda fue hallado; pero no era más que una bestezuela con apariencia humana, que ni hablaba, ni sonreía, ni andaba en dos pies.

Se considera que el pensamiento de Aristóteles respecto a la sociedad es de tal manera valioso, que nadie lo ha superado hasta antes de Comte.

TESIS ECLÉCTICA: FOUILLÉE.- La posición de Fouillée puede llamarse la de un conciliador, que rata de armonizar las dos tesis en lucha. Ambas tesis – la contractual y la organicista – se ha combatido con furor. Ambas han estado en error. Antes de que el hombre apareciera, había ya sociedad, se ha dicho a los contractualistas. ¿Cómo es posible que sin lengua, producto eminentemente social, se hayan entendido? ¿Y conforme a que normas jurídicas pudo pactarse la sociedad, si el derecho, igualmente producto de la sociedad, no existía? A los organicistas, a su vez, se les ha dicho que el organismo social es un todo discreto y que se llegaría al absurdo de que su conciencia estuviera distribuida en todos sus miembros.

Se llama tesis ecléctica (del griego eklegoo; ek, fuera, leggo, escoger), a la que carece de doctrina propia, pues estima como mejor procedimiento para alcanzar la verdad hacer la selección de lo mejor de los sistemas en pugna. En esta caso, Fouillée ha tomado de los organicistas un aparte de su tesis y ha desechado otra parte; y de los contractualistas ha tomado algo, rechazándoles otra muy considerable.

Así acepta de los organicistas que la sociedad fue un organismo en épocas remotas; pero les rechaza que por modo exclusivo, en todo tiempo haya sido un organismo. Es aquí cuando acepta a los contractualistas que hubo un momento en que una horda vencedora obligó a la vencida a incorporarse a su órbita en ciertas condiciones pactadas o impuestas; es decir, que hubo una especie de contrato en esta formación de una nueva sociedad; pero rechaza de los contractualistas la idea de que al inicio de toda sociedad haya existido un contrato. Y entonces la solución ecléctica es: las sociedades son organismos contractuales.

De las cuatro soluciones propuestas al problema del origen de la sociedad, no podríamos decir cuál es la acertada. Sin embargo, si se puede afirmar que tanto la contractualistas y la organicista – en sus versiones originarias- son erróneas. En la tesis ecléctica de Alfredo Fouillée hay una solución muy próxima a convencernos; y la naturalista del gran Aristóteles es la que en lo personal, más nos cautiva.

Fuente:

LÓPEZ Rosado, Felipe. 1999. Introducción a la Sociología (40ª ed). México: Porrúa, págs. 55-60.